En 2022, el Gobierno de España lanzo la iniciativa 'Kit Digital' a través del Ministerio de Transformación Digital. Una iniciativa que tiene por objeto apoyar la digitalización de pequeñas y medianas empresas y autónomos.
Si tienes un negocio con hasta 249 empleados y quieres conseguir una subvención de hasta el 100%* por un periodo de 12 meses de la Solución de Facturación Electrónica Banqup, te ayudamos con los trámites necesarios para solicitarla en el ámbito del Kit Digital del Gobierno de España.
El Kit Digital es un programa dirigido a pymes y autónomos, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, para acompañarlos en su proceso de transformación digital con el uso de los fondos europeos “Next Generation EU” dentro del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia.
Este programa dispone de un presupuesto total de 3.067 millones de euros, que serán ejecutados entre los años 2022 y 2023, y las empresas que lo soliciten podrán utilizar estos fondos para financiar la contratación de soluciones digitales como por ejemplo servicios de facturación electrónica.
En Banqup somos agentes digitalizadores de soluciones de Facturación Electrónica por lo que estamos acreditados para suscribir acuerdos de colaboración con Pymes y autónomos dándoles todo el soporte necesario.
Asociado a cada uno de los planes que detallamos más abajo, esto es lo que haremos por ti:
Tramitar tu Kit digital para que no pierdas tiempo en las gestiones.
Asesorarte sobre el mejor plan Banqup para tus necesidades.
Implantar Banqup en tu empresa.
Fijar contigo los objetivos a alcanzar y medir su éxito.
Ser una empresa o autónomo (entre 0 y 249 empleados).
Estar registrado en Acelera pyme y realizar el test digital a tu empresa (lo explicamos en detalle más adelante)
Una vez concedida la ayuda, tendrás 6 meses para gastarla en hasta 5 servicios de 1 año de duración.
La subvención cubre hasta el 100% del coste de los servicios.
La subvención será inferior al coste mínimo de implantar el paquete.
Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).
(0 a 2 empleados)
al año
(3 a 49 empleados)
al año
(50 a 249 empleados)
al año
(0 a 2 empleados)
al año
(3 a 49 empleados)
al año
(50 a 249 empleados)
al año
(0 a 2 empleados)
al año
(3 a 9 empleados)
al año
(10 a 49 empleados)
al año
(0 a 2 empleados)
al año
(3 a 9 empleados)
al año
(10 a 49 empleados)
al año
(50 a 99 empleados)
al año
(100 a 249 empleados)
al año
¡Teléfono, correo electrónico o formulario web! Hay muchas maneras de ponerte en contacto con el equipo de atención al cliente de Banqup
Ayudemos a su empresa a dar el siguiente paso hacia la innovación digital